FAQs : Sección Preguntas Frecuentes de Afiliadas y Nuevas Afiliadas

¡Bienvenidas a la sección de Preguntas Frecuentes de la Asociación de Obstétricas Municipales del GCABA! Sabemos que tanto nuestras afiliadas actuales como aquellas que están considerando unirse a nuestro sindicato tienen muchas preguntas. Aquí encontrarás respuestas claras y concisas a las dudas más comunes. Estamos aquí para apoyarte en cada paso de tu carrera profesional y asegurarnos de que te sientas respaldada en todo momento.

¿Por qué debería afiliarme a la Asociación de Obstétricas Municipales del GCABA

Afiliarte a nuestro sindicato te brinda una voz colectiva más fuerte, apoyo en la defensa de tus derechos laborales, acceso a recursos profesionales y oportunidades de capacitación continua. Juntas, trabajamos para mejorar las condiciones laborales y promover la importancia de nuestra profesión en el sistema de salud.

El proceso de afiliación es sencillo. Solo necesitas completar el formulario de inscripción disponible en nuestra página web o haciendo click en el siguiente link https://www.adom.org.ar/es/index.php/afiliarse. Una vez completado, nuestro equipo te contactará para finalizar tu afiliación y brindarte toda la información que necesitas para aprovechar al máximo tu membresía.

Como afiliada, tendrás acceso a asesoramiento laboral, representación en negociaciones colectivas, participación en talleres, seminarios y demás capacitaciones. Formarás parte de una red de profesionales comprometidas con la defensa y promoción de los derechos de las obstétricas.

Nos encanta ver a nuestras afiliadas activamente involucradas. Puedes participar en nuestras asambleas, unirte a comisiones de trabajo, asistir a eventos, capacitaciones, y contribuir con tus ideas y experiencia. Mantente informada sobre nuestras actividades a través de nuestra página y redes sociales.

Si enfrentas un problema en tu lugar de trabajo, no estás sola. Contacta a tu Delegada lo antes posible. Estamos aquí para escucharte, brindarte apoyo y trabajar contigo para resolver cualquier conflicto de manera efectiva y justa.

¿Cómo se si soy afiliada ADOM?

Fijate en tu recibo de sueldo, si dice sind. FPGCABA¡Sos Afiliada!. Si en cambio dice sind. FPGCABA contrib. S no sos afiliada.

A todo el colectivo de Obstétricas que se desempeñe bajo relación de dependencia del GCABA.

¡Solo vos! La afiliación es libre y autocrática,solo vos podés decidir afiliarte, no afiliarte o desafiliarte (Ley 23.551).

¡Sí! Para ser delegada solo teneés que ser mayor de 18 años, tener un año de afiliación a ADOM, un año en función y querer ser delegada.

No. ADOM solo afilia a las y los Lic. En Obstetricia que se desempeñen bajo relación de dependencia con el GCABA.

¡A tu delegada!. Las delegadas son el nexo entre las bases y la Comisión Directiva ADOM. También podés enviar un mail a adomgcaba@gmail.com

¡A tu delegada! Si ella no puede darte una respuesta deriva el caso a la Comisión Directiva. También podés buscar información en nuestra página web.

A tu delegada. Ella te mantendrá al tanto de todas las novedades. También podés buscarnos en Instagram, Facebook y YouTube.

Los sorteos se realizan mediante un sistema informático central manejado por el GCABA. Una representante de ADOM presencia el mismo y solicitará rectificación en caso de que este se encuentre fuera de los lineamientos de la Ley 6035.

Los integrantes del Jurado serán los responsables de solicitar la anulación del mismo, para que se cumpla la Ley 6035.

No. Solo los jurados sorteados pueden ser parte del mismo. Deben ser en número impar y revistar en la profesión que se concursa.

Se modificó el Artículo I del Anexo 13 de la Reglamentación del Régimen de Concursos. A partir de la misma, en los concursos de Ingreso a la Carrera Profesional, todos los miembros del jurado deberán desempeñarse habitualmente en la Unidad Organizativa de destino.

Las jefas de sección y las obstétricas con más de 15 años de antigüedad en la carrera Profesional que se desempeñen habitualmente en la Unidad Organizativa de destino.

Una vez que ganaste, deberás reunir toda la documentación personal requerida e iniciar el trámite de designación dentro de los 15 días posteriores. Una vez que te hayan notificado de tu designación deberás tomar posesión del cargo dentro de los 10 días corridos ulteriores.

No, tenés acceso a todos los CV y los exámenes.

No. Si bien el orden de mérito tiene una vigencia de 180 días corridos, solo rige para el cargo que se concursó originalmente. Ante un nuevo cargo vacante, se debe realizar un nuevo acto administrativo y concursal.

Sí. Si bien el jurado debe presentarse de manera obligatoria, excepto la existencia de algún impedimento previo, la ausencia deberá ser comunicada a la unidad convocante de inmediato para ser justificada.(Anexo 1 cap 2, art 14 y art 15 , Ley 6035). Las excusaciones deberán realizarse dentro de los 3 días contados a partir de finalizado el proceso de inscripción del respectivo proceso de selección.